Algunas personas deberán realizarse testeo y otras no, según los nuevos criterios del MSP
El Ministerio de Salud Publica (MSP) publicó una nueva ordenanza en la cual actualiza los criterios para las indicaciones de realización de test PCR de detección de COVID-19.
Los nuevos cambios se realizan considerando que la División Epidemiológica, dice el documento, recomienda adaptar en forma dinámica las medidas de prevención y control, dirigidas a mitigar el impacto del virus SARS CoV-2, y que la Dirección General de Salud entiende necesario y conveniente modificar el documento “Actualización de criterios para el testeo y manejo del aislamiento y cuarentena por COVID-19”, que forma parte de la Ordenanza Ministerial N°22 del 5 de enero de 2022.
Las personas sintomáticas y asintomáticas deberán hacerse el testeo si cumplen algunas de los siguientes características:
- Persona asintomática que cumple definición de caso sospechoso COVID-19 y forma parte de alguno de los siguientes grupos:
-Trabajadores de servicios esenciales
-Comunidades cerradas
-Grupos de riesgo
-Trabajadores que requieran certificado médico para certificar ausentismo laboral.
Deben realizarse un test de antígeno inicial y de ser negativo RT-PCR dentro de las primeras 48 horas.
- Persona sintomática que cumple definición de caso sospechoso COVID-19 que NO forma parte de algunos de los siguientes grupos:
-Trabajadores de servicios esenciales
-Comunidades cerradas
-Grupos de riesgo
-Trabajadores que requieran certificado médico para certificar ausentismo laboral
Deberán realizarse un test de antígeno para SARS CoV-2.
- Viajeros como requisito para ingreso al país de destino:
-Estos testeos deberán ser programados, y en ningún gaso podrán atrasar la realización de los correspondientes a los casos sospechosos. El teste podrá variar según requisito del país de destino.
- Al ingreso hospitalario en institución de salud (agudo o crónico) por cualquier causa.
- Al alta hospitalaria en personas que residen o asisten a comunidades cerradas con grupos de riesgo (ejemplo: ELEPEM, refugios, centros de reclusión, centros de salud mental, pacientes en diálisis que vuelven a su centro, etc).
Las personas asintomáticas no deberán hacerse el testeo si cumplen algunas de los siguientes características:
- Cualquier persona asintomáticas, con excepción de aquellos que asisten o residen en comunidades con grupos de riesgo donde se identifiquen uno o más casos confirmados. En estos casos se realizará el test de antígeno inicial y un RT-PCR al día cinco de la exposición.
- Viajeros asintomáticos, luego de su entrada al país o durante su estadía en el territorio nacional.
- Todo paciente que consulta a nivel ambulatorio que no configura caso sospechoso de COVID-19.
- Alta hospitalaria a personas que vuelven a su domicilio particular.
Fuente : lr21.com.uy