Hasta el 30 de agosto rige el plazo donde los propietarios de vehículos tendrán exonerados los costos asociados a los reempadronamientos (matrícula y libreta), posibilitando de esta manera empadronar en el lugar donde viven.
La documentación requerida para realizar el trámite ante la oficina de Tránsito:
– Cédula de identidad del titular
– Documento de Identificación Vehicular (DIV) y matrículas originales.
– Seguro Obligatorio de Automotores (SOA).
– Recibo o factura de servicios públicos (UTE, OSE o ANTEL) a nombre de quien realiza el trámite a los efectos de probar la residencia.
También puede ser constancia de domicilio expedida por la seccional policial o un Certificado notarial de residencia.
– Recibo de patente al día, o convenio firmado vigente por adeudos tributarios.
– Inspección Técnica Vehicular (que se realiza en la oficina de Tránsito).
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