“Cruzar datos de registros públicos con fines estadísticos no es ilegal”, pero Datysoc señala “falta de transparencia del INE” en este tema.

El Laboratorio de Datos y Sociedad (Datysoc) expresó su preocupación por el pedido de cédula de identidad en el censo que inició el Instituto Nacional de Estadística (INE) este sábado.

Datysoc es un proyecto incubado por DATA Uruguay que reúne un equipo interdisciplinario de profesionales interesados en promover un marco de referencia sobre la situación de los derechos humanos en la era digital en Uruguay.

El laboratorio recordó que “el número de cédula de identidad no es una pregunta obligatoria en el cuestionario del Censo 2023”, y que “quienes no quieran que su cédula y la de sus familiares quede registrada, no deben responder el censo digital”. Por el contrario, “deben realizar el censo de forma presencial y negarse a responder cuando se les pregunte la cédula de los integrantes del hogar”.

A su vez, aclara que “los números de cédula que se recolecten durante el censo se disociarán del resto de los datos y se guardarán de forma separada, pero no se eliminarán”.

Datysoc destaca también que “el propósito principal de pedir el documento de identidad en el censo es cruzar los datos del censo con los registros administrativos provenientes de organismos públicos, identificados con cédula de identidad, a los que el INE tiene acceso”.

Por otra parte, recuerda que “el rechazo a la inclusión del documento de identidad en el censo ocurrió en años recientes en otros países de la región: Argentina, Bolivia, Colombia, Perú, Ecuador y Panamá incluyeron, o han propuesto incluir, el número de cédula en el censo, generando intensos debates en la sociedad”.

El 19 de abril, Datysoc publicó un artículo en su página web el que presentó “los peligros que implica incorporar la cédula de identidad en el cuestionario del Censo 2023”. En la nota, se plantea que “la pregunta por la cédula es innecesaria, pone en riesgo la privacidad de las personas y puede afectar la calidad de los datos obtenidos en el censo”.

Tras esta publicación, el INE modificó y amplió las preguntas frecuentes del sitio web oficial del censo. “De la nueva información brindada por el INE, sin dudas lo más relevante es lo que refiere a la no obligatoriedad de brindar el número de cédula de identidad cuando el censo se realiza de forma presencial”, destaca Datysoc.

El laboratorio explica que, durante el censo digital, el número de cédula de identidad se pedirá en dos momentos. “La primera vez se le pide el número de cédula a la persona que se registra para responder el censo. Este paso es obligatorio para poder avanzar. En una segunda instancia, ya dentro del cuestionario censal, se pide el número de cédula de todos los integrantes del hogar. Si la persona no quiere brindar su número de cédula de identidad para acceder al cuestionario en línea, no puede hacer el censo digital y tiene que esperar a ser censada de forma presencial. Por otra parte, el INE ahora informa que el número de cédula de los integrantes del hogar no será una pregunta obligatoria. Esto quiere decir que existirá una manera de evitar brindar el número de cédula, aunque sea intrincada: quienes no quieran que su cédula y la de sus familiares quede registrada, deben realizar el censo de forma presencial y negarse a responder cuando se les pregunte la cédula de los integrantes del hogar”, agrega.

Datysoc considera que “el hecho de que el INE mantenga la pregunta del número de cédula en el cuestionario censal sigue siendo problemático”, puesto que “una gran mayoría de las personas no van a estar informadas de que pueden ejercer su derecho a negarse a dar ese dato, a menos que se les aclare explícitamente al momento de formular la pregunta”.

Cuestionamientos

Esta es la primera vez que se incluye la cédula de identidad en el cuestionario censal. “El INE afirma que sería la convivencia de dos modalidades de recolección, digital y presencial, el nuevo factor que obliga a preguntar por la cédula para evitar duplicaciones, pero no explica por qué, ni tampoco informa qué otras técnicas se estudiaron para abordar el problema. Desde un punto de vista técnico, el dato es prescindible. Para lograr estos fines, alcanza con informar claramente a la población que cada persona debe ser censada una sola vez en su domicilio real, además de asociar los formularios digitales con un código que luego pasa a recoger el censista de forma presencial. En Argentina, ante una polémica análoga suscitada por este tema, se retiró la pregunta del número de cédula del cuestionario censal sin que la ausencia de este dato afectara la calidad del censo”, apunta Datysoc.

Por otra parte, el laboratorio explica por qué el uso de la cédula de identidad como método de validación del registro en línea también es “prescindible”.

“El argumento brindado por el INE consiste en que sería la única manera de verificar que la persona que responde el censo digital es mayor de 18 años, requisito habilitante para responder. Pero este argumento genera dudas. En primer lugar, no hay nada que impida que un menor coloque el número de cédula de una persona mayor de edad y de esa manera responda el censo digital. En este sentido, no parecería haber una diferencia sustantiva con respecto a otros métodos, como, por ejemplo, una simple casilla de verificación que indique que la persona debe ser mayor de 18 años. Por otro lado, surge incluso la pregunta de qué ocurre con los hogares que puedan tener personas menores de edad a cargo. En cualquier caso, el INE no informa qué otras técnicas de verificación del registro en línea se ensayaron y por qué se optó finalmente por el método que menos protege la privacidad de las personas”, cuestiona Datysoc.

“Preguntas sin respuestas”

Las críticas de Datysoc generaron cambios en la información brindada por el INE en su página web sobre el censo que está en marcha. “Entre la nueva información puesta a disposición por el INE en la web, se encuentra un dictamen de la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (URCDP) sobre este tema. La opinión de la URCDP es que el INE puede usar la variable ‘documento de identidad’ con el fin de evitar duplicaciones de información, en el marco de lo dispuesto por los artículos 7°, 8° y 9° literal B de la Ley N° 18.331 de Protección de Datos Personales, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: deben emplearse mecanismos de disociación que garanticen que el dato de la cédula no será nuevamente asociado a su titular; deben adoptarse todos los mecanismos necesarios para evitar una nueva asociación; deben adoptarse las medidas de responsabilidad proactiva previstas en el artículo 12 de la Ley N° 18.331”, como “privacidad desde el diseño, privacidad por defecto, evaluación de impacto a la protección de datos, entre otras”; y además “deben adoptarse las medidas necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales”. Por último, agrega que “la variable ‘documento de identidad’ no debe utilizarse con ningún fin ajeno a evitar la duplicación, salvo que se proceda a la disociación de la información”.

Datysoc advierte que “la publicación por parte del INE del dictamen de la URCDP es un avance en términos de transparencia”. De todas maneras, considera que “quedan muchas preguntas sin respuesta”.

En cuanto a esas cuestiones, menciona en primer lugar, que “el INE no informa a la ciudadanía si cumplió con la obligación legal de realizar una evaluación de impacto” ni “publicó información detallada sobre cómo planea cuidar los datos de las personas”.

“Solo se indica lo siguiente al respecto: ‘Los datos de cédula de identidad que se obtienen del relevamiento censal, al ingresar al data warehouse del INE son transformados en un identificador de persona mediante un proceso de encriptación y a partir de allí se realizan los controles de duplicación. En cuanto a la ciberseguridad de los datos relevados a través del cuestionario autoadministrado online, se han realizado tests de hackeo ético que nos permite garantizar la protección de los datos. Se entiende oportuno comunicar que los datos mencionados se encuentran alojados en el Data Center de Antel, con la seguridad que esto implica’”, agrega el laboratorio citando al INE.

La segunda duda planteada por Datysoc emerge de que “el dictamen de la URCDP y de lo informado por el INE se desprende que el dato de cédula de identidad se disociará del resto de los datos, pero no se eliminará tras este proceso de disociación”, puesto que “la correspondencia con la información del documento de identidad quedará almacenada ‘en forma separada y con acceso restringido’, con los riesgos que implica que esa información siga existiendo por un plazo indefinido”.

“Esto nos lleva a una tercera cuestión, que es el propósito de fondo de recabar el número de cédula de identidad en el censo y la falta de transparencia del INE a la hora de informar de ese propósito a la ciudadanía”, destaca el laboratorio.

Cruzamiento de datos

Datysoc sostiene que “el INE argumenta ante la opinión pública que registrar el número de cédula tiene el fin de evitar duplicados (algo que, como hemos visto, podría lograrse de formas alternativas), pero lo cierto es que el propio documento de Proyecto de Censo 2023 explica la razón principal para pedir la cédula: la unificación y cruzamiento de datos”.

El INE informó solicitó cédula de identidad “para verificar la información proveniente de registros administrativos tomando en cuenta el mismo período de referencia de los datos de ambas fuentes y así asegurar lo más posible la comparabilidad”, y agregó que “es así que surge la necesidad de incorporar la pregunta sobre el número de cédula de identidad de las personas en el cuestionario censal, para posibilitar la unión de casos de ambas bases de datos”. Por ello, “en el caso de validar las fuentes de información registrales, sería posible realizar actualizaciones anuales de algunas variables censales, sin necesidad de depender de los operativos que se realizan cada 10 años”.

Además, sostuvo que “el nivel de cobertura, calidad y digitalización de los registros administrativos del Estado, que además son accesibles por el INE a nivel de microdatos identificados con cédula de identidad, hace que la posibilidad de un censo basado en registros o al menos combinado no sea tan lejana”.

En ese sentido, Datysoc concluye que “queda claro, entonces, que el propósito principal de pedir el documento de identidad en el censo es cruzar los datos obtenidos con las bases de registros administrativos”. Para el laboratorio, “estos registros, identificados con cédula de identidad, provienen en la actualidad de organismos como el Banco de Previsión Social (BPS), la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE), el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU), el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), el Ministerio de Salud Pública (MSP) y el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MVOTMA), entre otros, que aportan información al Sistema de Información Integrada del Área Social (SIIAS), de donde el INE toma datos”.

“Esta es la razón por la cual se pedirá el dato del número de documento y no se eliminará luego de realizar el chequeo de duplicación. Todos los datos irán a parar al Sistema Integrado de Registros Estadísticos y Encuestas (SIREE). El plan es cruzar los datos del censo con el resto de las bases que el INE administra, y para ello es indispensable contar con el número de cédula”, advierte el laboratorio, y agrega: “Si bien la posibilidad de cruzar datos de registros públicos con fines estadísticos no es una actividad ilegal, la falta de transparencia del INE en estos puntos es preocupante, dado que una recopilación y análisis de datos personales de esta magnitud y con estos fines amerita sin dudas un debate amplio por parte de la sociedad”.

“También preocupa la ausencia de consideraciones de derechos fundamentales a la hora de confeccionar el proyecto del Censo 2023 y, más en general, a la hora de planificar las políticas de generación de datos estadísticos. Creemos que es necesario pasar de una visión exclusivamente centrada en aspectos técnicos, a otra visión que también tenga en cuenta el impacto que la recolección y el uso masivo de datos personales pueden tener sobre los derechos humanos. En la nota anterior ya hemos comentado que la recolección de datos sensibles asociados unívocamente a la identidad de las personas conlleva el peligro del uso indebido o la filtración de los datos, lo que puede afectar la seguridad de las personas y reforzar la discriminación de poblaciones vulnerables”, concluye.

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