El organismo publicó la resolución N° 99/023 que determina que las radios comunitarias deberán presentar una «Declaración Jurada de Información» anual.

Andrés Valde, Google Fotos

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) resolvió exigirle a las radios comunitarias una declaración jurada de información, con ingresos y gastos, con el fin de auditar su contabilidad. Gustavo Gómez, especialista en marcos regulatorios y políticas de comunicación y director ejecutivo de OBERVACOM, esta resolución conlleva «riesgo de cierre de medios y voces alternativas».

¿Qué es una radio comunitaria? El artículo 4 de la ley que las regula define: «Se entenderá por servicio de radiodifusión comunitaria el servicio de radiodifusión no estatal de interés público, prestado por asociaciones civiles sin fines de lucro con personería jurídica o por aquellos grupos de personas organizadas que no persigan fines de lucro y orientado a satisfacer las necesidades de comunicación social y a habilitar el ejercicio del derecho a la información y a la libertad de expresión de los habitantes de la República».

De acuerdo con el texto de la resolución N° 99/023 todas las radios comunitarias deberán aportar en el documento de información: movimientos detallados de fondos (ingresos y egresos) del ejercicio civil, copia de la planilla de trabajo presentada al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, actualizaciones, aceptación y/o aprobación del MTSS; rendición de cuentas bajo declaración Jurada, que podrá ser auditada; datos genéricos de la titular, directivos titulares y suplentes y declaración de participación.

El artículo 10 de la ley 18.232 determina que las radios comunitarias pueden obtener sustentabilidad económica a través de «donaciones, aportes solidarios, auspicios, patrocinios y publicidad, de acuerdo a las normas vigentes. La totalidad de los recursos que obtengan las entidades que brinden el servicio de radiodifusión comunitaria, por y para este servicio, deberán ser invertidos en el funcionamiento y en mejoras en la prestación del mismo y en el desarrollo de los objetivos del servicio de radiodifusión comunitaria». 

El objetivo de la resolución, según asegura la URSEC, es «recabar la información y documentación necesaria para la verificación que los recursos que obtienen los titulares de los servicio de radiodifusión comunitaria – incluyendo entre otros, donaciones, aportes solidarios, auspicios, patrocinios y publicidad – sean invertidos íntegramente en el funcionamiento y en mejoras en la prestación del servicio y en el desarrollo de los objetivos del mismo». 

Las radios que no completen la declaración jurada cada año o que no realicen mantenimiento del sistema de archivos físicos serán sancionadas de acuerdo con el artículo 12 de la ley 18.232, que determina la revocatoria de la licencia asignada para transmitir.

Fuente : carasycaretas.com.uy

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