Montevideo, Uruguay, 27 Setiembre 2020 Política, Elecciones departamentales 2020. Foto: Dante Fernandez / FocoUy

Este domingo se celebran las elecciones nacionales en todo el país donde se elige presidente, los integrantes de las Cámaras de Senadores y Diputados, y además habrá dos plebiscitos a consideración: reforma de la seguridad social y allanamientos nocturnos.

El voto en estas elecciones es de carácter obligatorio para todos los habilitados, pero ¿qué pasa si no voto? Quienes no concurran a sufragar deberán justificarlo o pagar una multa de una Unidad Reajustable; la sanción se duplica si se trata de funcionarios públicos o profesionales universitarios.

«Las personas que estén habilitadas y no concurran a votar en estas elecciones podrán justificar por las siguientes causas: padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física, estar ausente del país el día del acto o por razones de fuerza mayor. Las personas habilitadas que sin causas fundadas no hubieran votado deberán hacer efectivo el pago de la multa», señala la Corte Electoral.

El costo de la multa general es de $1.740. En tanto, para funcionarios públicos o profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República (UdelaR) pasa a ser de $3.480.

Las justificaciones por no haber votado en las elecciones nacionales podrán realizarse durante los 30 días siguientes al acto: del 29/10 al 29/11.

Fuente : Causa Abierta

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