La Justicia procesó con prisión a tres militares acusados de violaciones a los derechos humanos en la causa que investiga los vejámenes contra 39 adolescentes en Treinta y Tres, en 1975.
La resolución fue adoptada por la jueza en lo penal de primer turno de Treinta y Tres, María Eugenia Mier, que resolvió procesar con prisión a los militares retirados José María Lete, Rogelio Garmendia y Pedro Buzó.
El dictamen se enmarca en la causa que investiga violaciones a los derechos humanos contra 39 adolescentes en el Batallón de Infantería 10 de Treinta y Tres en abril de 1975, según da cuenta Pablo Méndez en nota para la diaria.
Lete fue procesado con prisión como coautor de reiterados delitos de privación de libertad, atentado violento al pudor, abuso de autoridad y lesiones graves; Garmendia lo fue por abuso de autoridad contra los detenidos, lesiones graves y privación de libertad, mientras que Buzó fue procesado como presunto autor de reiterados delitos de abuso de autoridad contra los detenidos y lesiones graves.
De acuerdo a lo consignado por la diaria, Buzó era enlace de inteligencia (S2) del Batallón de Infantería 4, y concurrió al batallón de Treinta y Tres durante la visita que realizó el general Gregorio Álvarez, en ese entonces jefe de la Región 4, el 18 de abril de 1975. Los adolescentes coinciden en que ese día la tortura fue mucho más violenta y muchos identificaron a Buzó como uno de sus torturadores. «Buzó y su equipo aplicaron a todos los detenidos mayores de 18 años torturas mucho más violentas de las recibidas hasta el momento», señaló Mier en su resolución.
La víctima Marisa Fleitas, que tenía 13 años cuando fue secuestrada en su casa junto con su hermana Alicia, de 15, declaró que la «noche previa al 19 de abril comenzaron a sacar a compañeros en tandas y volvían destrozados. Había venido al cuartel Gregorio Álvarez con una comitiva para celebrar el 19 de abril; entre ellos estaba Pedro Buzó, un torturador especializado».
El oficial Garmendia fue reconocido por varias víctimas como el responsable de los operativos de detención, y algunos también lo identificaron entre el grupo de torturadores. «Luego de las trompadas, Álvez me dijo que me iba a mostrar algo y me muestra un pizarrón, cantidad de nombres y la pirámide de cómo funcionaba la Juventud Comunista… La sala tenía un escritorio con vasos y una botella y sillas y varios oficiales. Sarli, preso en Chile ahora; Leites; alférez Medina era muy joven, estaba Garmendia, el que nos había llevado, generalmente hacía las veces de macanudo y bueno en los interrogatorios».
En la sentencia, a la que accedió la diaria, la jueza Mier rechazó el recurso presentado por la defensa de Lete, que había alegado la falta de jurisdicción del juzgado de primera instancia, argumentando que el artículo 239 de la Constitución le da competencia exclusiva a la Suprema Corte de Justicia para actuar en causas que investiguen crímenes de lesa humanidad.
Mier dijo que el planteo realizado por los abogados Ravera y Claudia Lete «tiene mero fin dilatorio, buscando entorpecer el proceso, actuando de mala fe, haciendo uso abusivo de las vías procesales, violentando el principio de economía procesal, concentración, actuando en contravención de la teoría de los actos propios».
Entre el 12 y 15 de abril de 1975 los militares detuvieron a 39 adolescentes pertenecientes a la Unión de Juventudes Comunistas (UJC), en su mayoría estudiantes del liceo 1 de Treinta y Tres, que tenían entre 13 y 19 años. Fueron retenidos durante 20 días bajo torturas diversas, y la Justicia militar les quitó la patria potestad a los padres e impidió que continuaran con sus estudios.