Mediante decreto se dispuso que no se incauta mercadería que no supere los 5 kilos, transportada por persona adulta, y siempre y cuando “sea para subsistencia de la unidad familiar”

El informe fue proporcionado por Telemundo, y se destaca que no se podrá ingresar mercadería prohibida caso carne, frutas, verduras.

Otro requisito importante es que la persona debe transportar mercadería cada 15 días y mostrar constancia que vive en la zona fronteriza con Argentina a la hora de pasar por los puentes.

Fuente : elecodigital.com.uy

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