Mediante decreto se dispuso que no se incauta mercadería que no supere los 5 kilos, transportada por persona adulta, y siempre y cuando “sea para subsistencia de la unidad familiar”
El informe fue proporcionado por Telemundo, y se destaca que no se podrá ingresar mercadería prohibida caso carne, frutas, verduras.
Otro requisito importante es que la persona debe transportar mercadería cada 15 días y mostrar constancia que vive en la zona fronteriza con Argentina a la hora de pasar por los puentes.
Fuente : elecodigital.com.uy