MONTEVIDEO (Uypress) – El movimiento sindical enfrenta una nueva amenaza que esta vez viene presentada en forma de ley, con el fin de inclinar la balanza hacia el lado empleador.

Solo con los votos del oficialismo, la Comisión de Legislación del Trabajo y Seguridad Social de Diputados aprobó las modificaciones a la ley de negociación colectiva que elevó el Poder Ejecutivo en mayo de este año. Estos cambios — que pretenden borrar años de luchas sindicales— se pondrán a consideración del plenario de la Cámara Baja a principios de octubre. 

El texto a estudio hace obligatoria para los sindicatos la posesión de personería jurídica, un requisito con el cual ya cuenta la mayoría de ellos. Si bien en este aspecto los sindicatos ya tienen camino andado, hay otros artículos que han levantado un rechazo unánime, como la pretensión de poner fin a la ultraactividad de los convenios o, dicho de otro modo, que cuando venza su plazo de duración estos deban volver a negociarse cláusula por cláusula.

Si se aprobara ese artículo «los acuerdos establecidos siguen vigentes para todos aquellos trabajadores que fueron contratados durante la vigencia de ese convenio, porque la doctrina entiende que esos acuerdos ingresaron a los contratos individuales de los trabajadores», sostiene el especialista en derecho laboral Juan Raso. En cambio, para él los nuevos trabajadores no contarían con ese beneficio. En todo caso quedaría eliminado el párrafo final del actual artículo 17 de la Ley N° 18.566 que hoy dice: «El convenio colectivo cuyo término estuviese vencido mantendrá la plena vigencia de todas sus cláusulas hasta que un nuevo acuerdo lo sustituya, salvo que las partes hubiesen acordado lo contrario». Ahora «lo contrario» pasaría a ser la regla.

El proyecto a estudio en su artículo 2 elimina el literal D del artículo 10 de la Ley N° 18.566 que encomienda al Consejo Superior Tripartito «considerar y pronunciarse sobre cuestiones relacionadas con los niveles de negociación tripartita y bipartita». Si esta redacción prosperara las negociaciones serían bipartitas y ello perjudicaría a los gremios más débiles cuyas fuerzas son más desparejas. 

Con la ley actual «en la negociación colectiva de empresa, cuando no exista organización de los trabajadores la legitimación para negociar recaerá en la organización más representativa de nivel superior». En cambio, la norma propuesta sostiene que ello dejaría de ser de esta manera, y que en las empresas no sindicalizadas se votarían delegados para negociar sus convenios, sin asesoramiento sindical como ahora se estila.

Las citadas son las principales objeciones que de parte de los sindicatos merece el proyecto del Poder Ejecutivo, reparos que justifican ampliamente nuestra oposición más rotunda.

Imagen de portada:   Trabajador en el Puerto de Montevideo | Foto: Mauricio Zina  / adhocFOTOS

UyPress – Agencia Uruguaya de Noticias

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