El ajuste de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) se realiza, según la normativa vigente, por la evolución del Índice de Precios al Consumo (IPC) como por la del Índice Medio de Salarios (IMS). En cualquiera de los dos casos, el Poder Ejecutivo tiene la potestad de incrementar o reducir el porcentaje en un 20%. El decreto del gobierno indica que la BPC se ajusta 6,03%, por lo que pasa de $4.870 a $5.164 a partir del 1º de enero.

Para este año, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) resolvió mantener el criterio de ajustar por la evolución de los salarios y no por la inflación, informa El Observador.

El mínimo no imponible del IRPF aumenta de $34.090 a $36.148. La tasa de la primera franja es de 10% y comprende los ingresos de entre $36.149 a $51.640. La segunda, está gravada en un 15% y corresponde a los ingresos de entre $51.641 hasta $77.460. La siguiente, es de un 24% y comprende a la categoría de salarios de entre $77.461 a $154.920.

Continúa una gravamen de 25%, a ingresos de entre $154.921 a $258.200, y de 27% entre $258.201 y $387.300; de 31% de entre $387.301 a $593.860; y de 36% de $593.861 en adelante.

También se modifica el mínimo no imponible del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) que pagan los jubilados. Aplica con retroactividad al 1° de enero. El monto aumenta de $38.960 a $41.312.

Las pasividades de $41.313 a $77.460 estarán gravadas a una tasa del 10%; el segmento entre $77.461 a $ 258.200, con 24%; los que perciban $258.201 pagarán una tasa del 30%.

La jubilación mínima pasa de $ 14.853 a $ 15.750. Todas las jubilaciones tienen un aumento parcial en enero de 5,87% y otro definitivo a partir de febrero.

fuente : http://www.otra-cabeza.com.uy/

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