Aquellas personas que trabajan en feriados no laborables, como el 25 de diciembre y el 1° de enero, deben cobrar de forma diferencial por realizar su tarea.
Estos fueron los feriados no laborables del año 2023:
Domingo 1° de enero – Año Nuevo, no se corre.
Lunes 1° de mayo – Día de los Trabajadores, no se corre.
Martes 18 de julio – Jura de la Constitución, no se corre.
El único que queda este año es el lunes 25 de diciembre por Navidad, que no se corre.
¿Cómo se paga si se trabaja estos días?
Aquellas personas que trabajan en feriados no laborables deben cobrar doble por realizar su tarea.
En el caso de los trabajadores mensuales deberán cobrar el mes completo más un día extra. Para calcularlo se divide el sueldo entre 30 y se suma uno, mientras que en el caso de jornaleros se paga una jornada extra.
Fuente : Telenoche