El Consulado de la República Argentina informa a la colonia de ciudadanos argentinos residentes
en las ciudades de Salto, Artigas y Rivera que el próximo domingo 22 de octubre se celebrarán en
el exterior las elecciones generales a nivel nacional en las que se elegirán Presidente y
Vicepresidente, 24 senadores, 130 diputados y 43 parlamentarios Mercosur.
Por ello, el Consulado permanecerá abierto de 8 a 18 para que puedan emitir su voto los ciudadanos
argentinos nativos o por opción, mayores de 16 años, que tengan asentado en el DNI el domicilio en
los departamentos de Salto, Artigas o Rivera y, además, figuren en el padrón definitivo
(www.padron.gov.ar) dentro del distrito «Argentinos en el Exterior». El voto de los argentinos con
domicilio registrado en el exterior NO es obligatorio.
En tanto, los extranjeros residentes en la Argentina que cuentan con DNI no podrán votar en estas
elecciones nacionales, pero sí están habilitados para hacerlo en elecciones provinciales y/o
municipales según lo establezca la normativa vigente de cada provincia.
¿COMO VOTAR DESDE EL EXTERIOR?
Cuándo: Domingo 22 de octubre entre las 8:00 y las 18:00 hs.
Dónde: Artigas 1162. Si ud. aparece en el padrón para emitir su voto en la Argentina, no podrá votar
en el Consulado, pero deberá acercarse a justificar la no emisión del voto.
¿QUÉ DOCUMENTOS DEBO PRESENTAR PARA PODER EJERCER EL VOTO?
Deberá presentarse con su DNI argentino. Son válidos tanto el nuevo DNI tarjeta como el DNI libreta
celeste, la tarjeta del DNI libreta celeste que contiene la leyenda “No válido para votar”, el DNI libreta
verde, la libreta de enrolamiento y la libreta cívica. No podrá votar con pasaporte o cédula uruguaya.
SI APAREZCO EN EL PADRÓN PARA VOTAR EN ARGENTINA, ¿CÓMO JUSTIFICO LA NO EMISIÓN
DEL VOTO? Si posee asentado en el DNI un domicilio en la Argentina y se encuentra en el exterior el
día de los comicios, tiene que justificar la no emisión de voto; podrá hacerlo tanto en la sede consular
como de forma remota por sus propios medios.
En este último caso deberá ingresar a la página http://infractores.padron.gov.ar/ desde donde
podrá, de manera personal, solicitar la justificación de la no emisión del voto adjuntando alguna
documentación que así lo acredite (por ejemplo, certificado policial, pasaje, etc).
En caso de estar interesado en tramitar la justificación de forma presencial en el Consulado, podrá
hacerlo en horario de atención al público (lunes a viernes, de 9 a 14 horas). El plazo para realizar el
trámite de justificación de no emisión del voto en cada caso es de 60 días desde la fecha de los
comicios. La única diferencia entre ambos procedimientos es que, en caso de hacerlo en el Consulado
de forma presencial, no será necesario realizar ningún otro procedimiento adicional en la Argentina.
IMPORTANTE: Sólo podrán votar aquellos electores que figuren en el padrón de este Consulado. El
resto de los ciudadanos argentinos debe justificar la no emisión del voto. Ni las autoridades de mesa ni
el personal del Consulado pueden incluir a un elector que no figura en el padrón.