La dueña y una funcionaria del residencial incendiado en Treinta y Tres deberán cumplir arresto domiciliario total, con tobillera electrónica, durante 180 días. El siniestro fatal tuvo lugar el 7 de julio de 2024 y allí diez ancianos perdieron la vida.
Tanto la propietaria del residencial como la trabajadora, fueron señaladas por homicidio culpable complejo, debido a la responsabilidad compartida en el incendio que resultó en la muerte de las víctimas.
Además, se les prohibió comunicarse entre ellas, con los familiares de las víctimas, y se dispuso el cierre de fronteras para ambas.
¿Qué dijo la fiscal del caso?
La fiscal Alicia Abreu indicó que, si luego se dicta una condena efectiva para estas dos mujeres, seguramente van a estar en la cárcel durante ocho años por homicidio culpable.
Durante el juicio, se reveló que la trabajadora encendió una estufa a las 06:00 horas del fatídico día y, al retirarse a realizar otras tareas, una brasa alcanzó un sofá cercano, provocando el incendio. Las llamas también se propagaron a un mantel y a un andador con ropa colgada.
“Es un tema de negligencia lo que configura la culpa y lo que configura el delito de homicidio culpable”, sentenció Abreu.
“Estamos hablando de la muerte de varias personas, no querida, no intencional, no se buscó”. “Es lo que termina configurando, lo que es la culpa y la negligencia”.
Por otra parte, la investigación señaló que el establecimiento carecía de habilitación de Bomberos y que los dos extintores presentes estaban vencidos. En medio de la emergencia, la trabajadora salió del residencial para pedir ayuda, pero los Bomberos se vieron impedidos de entrar rápidamente por la puerta principal, ya que no tenían acceso a las llaves.
En este marco, la fiscal sostuvo: “Sobre la dueña del hogar, estamos hablando también de la existencia de una negligencia, pero en este caso, con una violación del deber de cuidado, por no haber adoptado las medidas tendientes a proteger al lugar. Es decir, teníamos extintores que estaban vencidos, no había en el lugar un detector de humo, no había un plan de evacuación, entonces todo hizo hacia que si uno tiene un negocio, tiene que estar habilitado por Bomberos, que no lo estaba”.
“Por eso se le atribuye el tema de la negligencia a ambas personas, cada una en su rol” describió.
La posible sentencia
Según Abreu “una de las defensas de los familiares de las víctimas entiende que la calificación sería un homicidio a título de dolo eventual, con lo cual ahí se está diciendo que no es que es un tema de culpa de negligencia, sino que es algo que se previó, pero que se decidió continuar. Sería como un dolo”.
Entonces, “esa calificación puede migrar”, aclaró. “Todo va a depender del titular que esté en el momento que enfrente el juicio, que es lo que va a seguir, si la calificación que hoy yo adopte o si va a migrar esa otra calificación”, finalizó.
Fuente : Causa Abierta