La resolución de la jueza para los tres casos no incluye aspectos sobre la pérdida de la ciudadanía, pero podría ser un efecto jurídico de la condena, indicaron desde la SCJ.

pablo-caram-y-diputada-valentina-dos-santos.jpg

19 de julio de 2024, 15:37hs

La jueza de Artigas que trabajó en el caso de las horas extras irregulares en la Intendencia comunica el fallo de Pablo y Rodolfo Caram, así como de Valentina Dos Santos, a la Corte Electoral. La comunicación se hace a través de la Junta Electoral de ese departamento y de allí se deriva a la Corte Electoral. Será este organismo el que se expida sobre la inhabilitación a cargos públicos de los condenados.

La resolución de la jueza para los tres casos no incluye aspectos sobre la pérdida de la ciudadanía, pero podría ser un efecto jurídico de la condena, indicaron desde la Suprema Corte de Justicia.

Pablo Caram fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de omisión de los funcionarios en proceder a denunciar los delitos a la pena de 14 meses de prisión que cumplirá en régimen de libertad a prueba, debiendo residir en un lugar determinado, con sujeción a vigilancia permanente de esa dirección, presentación una vez por semana en una seccional y servicios comunitarios dos horas semanales durante tres meses.

Fuente : Subrayado

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *