Si la “transparencia” fuera un ser humano, se presentaría casi a diario en Fiscalía. Sería habitual verla denunciando delito de violación. Sobre todo en el mundo político y en el administrativo, existe la tendencia a invocar seguido a “la transparencia”, pero no respetarla. Se la viola, con tanta asiduidad que puede llegar a desprestigiarse y transformarse en una fantasía.
A las pruebas, cercanas, me remito.
La Intendencia de Salto ha difundido que promueve un cambio en el Plan de Ordenamiento Territorial de Salto y su microrregión. Muchas palabras, cuyo significado no todos entendemos. Me anoto entre ellos. Mucho debí leer para tener una ligera idea del tema. Nos cuesta entender qué es «Salto y su microrregión», por ejemplo. Es lógico, los ciudadanos comunes si no nos explican significados, no sabemos con precisión de qué se habla.
No comparto la decisión del Dr. Lima de dar sólo 30 días para estudiar cambios en Plan de Salto. Ni sabemos qué es lo que se cambiará, de qué servirá, quién ganará y cómo puede influir en la vida de la comunidad ahora y en el futuro.
El Plan de Ordenamiento de Salto se hizo para garantía de todos.
El Intendente, en febrero de este año comunicó al Ministerio de Vivienda, que hará cambios en el Plan de Ordenamiento de Salto (POT). Palabras más palabras menos, indicó que habría interacción pública y privada, que generaría puestos de trabajo, y otras bondades. No explicaba cómo ni con qué.
El disparador de esa comunicación fue una resolución de Lima del 22 de diciembre de 2022, donde trató de dar su fundamento. En ningún sitio se explicita qué intervenciones habrá ni para qué servirán, ni cómo se garantizará el empleo anunciado ni el desarrollo proclamado.
Extraoficialmente el intendente ha hablado de barrios residenciales, como ejemplos (discutibles) de desarrollo. Pero no se fundamentó el aumento sustentable del empleo, la democratización de la ciudad y la ausencia de costos para el pueblo. Dueños de chacras, quedarían con suelos urbanos.
¿Hay apuro de aprobarlo a la carrera, sin saber el pueblo de qué se trata? ¿Por qué sólo 30 días de plazo para presentar observaciones? Es imposible para un profesional, para un político y sobre todo para un ciudadano común estudiar cientos de hojas de un informe casi desconocido. Otra violación de la transparencia: se impone un plazo imposible de cumplir; si nadie presenta observaciones en 30 días, pasará como que no hubo interés. En democracia las leyes existen para proteger a todos, quien no las conoce no puede opinar. El gobernante debe habilitar la participación responsable. No debe violarse la transparencia.
La Universidad, sectores políticos, ciudadanos, queremos participar. No se trata de atender sólo los requerimientos de quienes, con tal de ganar dinero, segregarán barrios y personas.
El intendente puede corregir el plazo de la audiencia pública. Llevarlo por ejemplo a NOVENTA días; permitirá a los ciudadanos y a la academia estudiar y expresarse. No se justifica obrar silencio.
Gobernar no es imponer. Nada fundamenta una urgencia propia de un incendio. Quienes con tiempo interrogamos, fuimos desoídos.
Palabra de frenteamplista.
Publicado en La Prensa
UyPress – Agencia Uruguaya de Noticias