Una gran victoria en pos de la transparencia ha logrado un ciudadano, cuando ya en tercera instancia, ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ), logró que la Justicia obligue al Ministerio de Salud Pública (MSP) a brindar “detalle de la cantidad de personas fallecidas en nuestro país por cualquier causa, desde el primero de marzo hasta el 26 de abril del corriente año, con especificación de cuántas de esas personas habían recibido, a la fecha de su fallecimiento, actos vacunales, con indicación de fecha cantidad/es, de el/los mismos y cual de la/s vacunas le fue inoculada a cada una de esas personas”.
El tema se dilucidó en tercera instancia, pero todo comenzó cuando este ciudadano con fecha 13 de mayo de 2021, compareció ante el M.S.P. a solicitar determinada información pública y esta Secretaría de Estado no proporcionó la solicitada en los numerales 3º y 4º del petitorio, a saber: – detalle semanal de cantidad de personas con resultado de test RT-PCR o test de antígenos positivo en nuestro país, desde el 1º de marzo hasta el 26 de abril del corriente año, con especificación de cuántas de esas personas habían recibido, a la fecha de la realización del test, actos vacunales, con indicación de fecha, cantidad/es de el/los mismos y cuál de la/s vacunas le fue inoculada a cada una de esas personas.
También se había solicitado “detalle semanal de cantidad de personas fallecidas por cualquier causa en nuestro país, desde el 1º de marzo hasta el 26 de abril del corriente año, con especificación de cuántas de esas personas habían recibido, a la fecha de su fallecimiento, actos vacunales, con indicación de fecha, cantidad/es de el/los mismos y cuál de la/s vacunas le fue inoculada a cada una de esas personas”.
Ante estos pedidos el MSP argumentó no tener esa información, algo poco creíble realmente.
En síntesis, la información requerida era bien simple: saber cuántas personas -en el período reclamado- fallecieron por cualquier causa luego de haber sido inoculadas con una o más dosis de alguna de las vacunas anticovid.
La Suprema Corte de Justicia, por unanimidad de sus miembros naturales, amparó el recurso de Casación, revocando lo que se falló en segunda instancia, donde se argumentaba para begar la información que organismos públicos no están obligados a crear o producir información que no dispongan o no tengan obligación de contar al momento de efectuarse el pedido. Sin embargo la SCJ dijo que “No se entenderá producción de información y la Administración está obligada a proporcionarla a la recopilación o compilación de información que estuviese dispersa en las diversas áreas del organismo, con el fin de proporcionar la información al peticionario”.
Ahora el MSP deberá entregar el número de fallecidos que han sido inyectados con vacunas anti Covid-19, lo que probaría o no, la efectividad científica de las mismas…

fuente : cronicasdeleste.com.uy

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