La jornada electoral de este domingo 28 es obligatoria para trabajadores, empresarios y jubilados y pensionistas. La votación comenzará a la 8 de la mañana y cerrará a las 19.30 horas. Se elegirán los 3 representantes sociales para integrar el Directorio del Banco de Previsión Social (BPS).

l directorio cuenta con cuatro directores designados por el Poder Ejecutivo con la venia del Senado, son Alfredo Cabrera (presidente), Daniel Graffigna, Daniela Barindelli y Araceli Desiderio. Y como en cada quinquenio se eligen los directores Sociales, que son minoría dentro del BPS.

Toda persona con 18 años de edad cumplidos al 28 de febrero de 2021 podrá votar, según el orden que le corresponda (pasivo, trabajador o empresario).

El horario de votación será de 8 a 19.30 horas (ver en notas apartes Plan Circuital de cada ciudad), también se puede ver ingresando a la Corte Electoral poniendo el número de credencial y la serie.

Por los pasivos se presentaron tres listas: Lista 1 encabezada por Sixto Amaro que apoya Onapju; Lista 2 que lleva a la presidencia a Héctor Morales (apoyada por otras organizaciones de pasivos); y la Lista 6 que tiene como titular a Virginia Vaz de “Un Solo Uruguay”.

Por los trabajadores se presentan dos listas una lleva como presidente a Ramón Ruiz (Lista 11) apoyada por organizaciones sociales y el Pitc-Cntm, y la otra a Luis Lisboa (Lista 16) que es en nombre de “Un Solo Uruguay”.

En el caso de los empresarios se presentan: Lista 22 Marcelo Ríos a la presidencia que es en representaciones de gremiales empresariales y comerciales; y Lista 26 encabezada por José Pereyra de “Un Solo Uruguay”.

Por qué es importante elegir a los representantes sociales del BPS

Porque son ellos los que informan a la ciudadanía sobre lo que sucede en el interior del Banco de Previsión Social, qué cosas favorecen a los jubilados, pensionistas, empleados y patrones, y en qué casos hay que reclamar mejoras; ypor citar algunos ejemplos. Además son ellos a quienes los usuarios deben dirigirse para solicitar asistencia e información.

Requisitos de la elección

-El 28 de febrero de 2021 la Corte Electoral cerró el padrón, por lo tanto si a esa fecha una persona era trabajadora y pasó a ser jubilada al mes siguiente, vota como empleada no como jubilada.

-Si la persona quedó sin trabajo pero después del 28 de febrero vota como trabajador.

-Si la persona estaba desocupada al 28 de febrero no vota (no figurará en el padrón).

-Si la persona está enferma o tiene algún problema, también como en toda elección obligatoria puede justificar el no voto, después de pasadas las elecciones.

-Los ciudadanos que cumplan 75 años el día de la elección, y toda persona mayor de esa edad no está obligada a votar, si lo desea puede concurrir.

-Los pensionistas por invalidez o discapacidad que no tienen credencial no votan.

-Votan con cédula sólo los extranjeros que formen parte de algún orden.

-Si una persona estuviera habilitada para votar en más de un orden deberá hacerlo (ej. patròn y emplead).

-El voto es único, obligatorio y secreto.

-Las empresas con más de un patrón, vota uno solo en representación de todos.

-Se puede votar en blanco o anulado.

-La justificación de no voto se hace a través de la pág. web de la Corte Electoral. Si es por razones de salud se debe adjuntar imagen del certificado, en caso de ser expedido por una mutualista debe incluir timbre profesional.

-La plataforma para justificar el no voto estará disponible después de las elecciones

-Si la persona va a votar y no está en el padrón le pueden dar una constancia de no que no figura en padrón.

-No exite el voto interdepartamental. Se debe sufragar en el circuito urbano que corresponde.

-Los votantes rurales pueden votar dentro del departamento en otro circuito que no sea el que le corresponde. Ej. si la pesona vive en La Horqueta y está en Polancos, como ambos son circuitos rurales puede votarse en el que le quede más próximo. Siempre dentro del departamento y sólo votantes rurales, con credencial cívica.

-No votan los contribuyentes de aportación civil, bancaria, notarial y profesional, titulares usuarios de servicios, empleadores de servicio doméstico y titulares de obras de construcción.

– Si no se justifica ante la Corte Electoral el no voto se debe pagar una multa de 1200 pesos la mínima.

fuente : elecodigital.com.uy

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